Reducción de pagos provisionales de ISR personas morales 2020Reducción de pagos provisionales de ISR personas morales 2020
Los pagos provisionales del Impuesto sobre la Renta de las personas morales, se efectúan considerando el coeficiente de utilidad del ejercicio anterior, es decir que se cubre el impuesto sobre los ingresos, presumiendo que el margen de utilidad será similar al del ejercicio anterior, sin embargo en este ejercicio tenemos la afectación de una epidemia que está arrasando con las utilidades de muchos contribuyentes, por lo que es lógico el trámite previsto en La Ley del ISR y su Reglamento, para DISMINUIR EL PAGO PROVISIONAL A CARGO
MAPA ACADÉMICO:
- Obligación general de realizar pagos provisionales:
- De contribuyentes cuyos anticipos son en base a coeficiente
- De contribuyentes que los determinan sobre bases reales
- Otros supuestos
- Pago provisional de personas morales de Título II
- Especificaciones para primer y segundo ejercicio de actividades, así como ejercicios de liquidación, fusión y escisión.
- Determinación del coeficiente
- Ingresos acumulables
- Consideración para ingresos obtenidos del extranjero
- Tratamiento especial a asociaciones, sociedades y cooperativas
- Disminución de PTU
- Amortización de pérdidas
- Consideraciones para solicitar reducción de pagos provisionales
- Determinación de nuevo coeficiente presuntivo
- Proyección segundo semestre
- Efecto acumulativo del pago provisional
- Solicitud PASO A PASO para reducción de pagos provisionales
- Período que abarca
- Fecha límite de la presentación de la solicitud
- Efectos en insuficiencia de pagos provisionales (saldo a cargo en declaración anual)
- Conclusiones y recomendaciones.