Análisis y consecuencias de la nueva NOM 247 para el sector inmobiliario

NORMA OFICIAL MEXICANA NORMA OFICIAL MEXICANA NOM-247-SE-2021,  “PRÁCTICAS COMERCIALES-REQUISITOS DE LA INFORMACIÓN COMERCIAL Y LA PUBLICIDAD DE BIENES INMUEBLES DESTINADOS A CASA HABITACIÓN Y ELEMENTOS MÍNIMOS QUE DEBEN CONTENER LOS CONTRATOS RELACIONADOS”

Medidas necesarias para garantizar que los servicios de comercialización que fraccionadores, constructores, promotores y corredores inmobiliarios de inmuebles destinados a casa habitación, así como contratos relacionados con dichos servicios, cumplan con los requisitos informativos y demás elementos necesarios para garantizar los aspectos de información comercial para lograr una efectiva protección del consumidor: (i) información que debe ponerse a disposición del consumidor, (ii) los requisitos de los contratos de adhesión, (iii) los elementos mínimos de las garantías,  (iv) el derecho de los consumidores a las indemnizaciones por defectos o fallas graves, y (v) obligaciones en las entregas.

MAPA ACADÉMICO

  1. OBJETIVO GENERAL DE LA NOM: Reguladores y sujetos obligados
  2. CONTRATO DE ADHESIÓN: Contenido y obligaciones ante PROFECO
  3. OBLIGACIONES DEL VENDEDOR
  4. CONSIDERACIONES EN FINANCIAMIENTOS
  5. ESCRITURACIONES
  6. DICTAMEN DE CUMPLIMIENTO
  7. EVIDENCIAS DOCUMENTALES
  8. PUBLICACIÓN, ENTRADA EN VIGOR
  9. OBLIGACIONES ADMINISTRATIVAS Y FISCALES

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